Normas oficiales mexicanas
Las NOM tienen como principal objetivo prevenir los riesgos a la salud, la vida y el patrimonio, por lo tanto son de observancia obligatoria.
Las normas oficiales mexicanas son las regulaciones técnicas que contienen la información, requisitos, especificaciones, procedimientos y metodología que permiten a las distintas dependencias gubernamentales establecer parámetros evaluares para evitar riesgos a la población, a los animales y al medio ambiente. Están presentes en prácticamente todo lo que nos rodea, agua embotellada, licuadoras, llantas, ropa, etc.
Base legal de las NOM
Con base en el Art. 2 del Reglamento Interior de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Normas, es responsable de operar el Catálogo Mexicano de Normas.
El Catálogo Mexicano de Normas oficiales mexicanas es revisado y actualizado permanentemente conforme a las publicaciones relativas a las NOM y NMX que se notifican a través del Diario Oficial de la Federación, como son: Declaración de Vigencia, Proyectos de Normas, Cancelaciones, modificaciones y respuestas a comentarios.
¿Qué son las normas oficiales mexicanas?
De acuerdo con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización básicamente existen tres tipos de normas:
Son regulaciones técnicas de carácter obligatorio. Regulan los productos, procesos o servicios, cuando éstos puedan constituir un riesgo para las personas, animales y vegetales así como el medio ambiente en general, entre otros.
Normas Mexicanas (NMX)
Son elaboradas por un organismo nacional de normalización, o la SE. Establecen los requisitos mínimos de calidad de los productos y servicios, con el objetivo de proteger y orientar a los consumidores. Su aplicación es voluntaria, con excepción de los casos en que los particulares manifiesten que sus productos, procesos o servicios son conformes con las mismas; cuando en una NOM se requiera la observancia de una NMX para fines determinados.
Normas de Referencia (NRF)
Son elaboradas por las entidades de la administración pública para aplicarlas a los bienes o servicios que adquieren, arrienden o contraten, cuando las normas mexicanas o internacionales no cubran los requerimientos de las mismas o sus especificaciones resulten obsoletas o inaplicables.